Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 137, fecha 8 de junio de 1984, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 16467, artículo 3.º, figuran dos apartados con el número 3. El segundo de estos apartados, que dice: «En los casos de vacante, enfermedad, ausencia u otra causa de imposibilidad, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente en representación por la Administración del Estado», debe incluirse como apartado 3 del artículo 4.º En la página 16468, artículo 12, apartado 3, donde dice: «Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión, pudiendo ello obstante …», debe decir: «Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión, pudiendo, ello no obstante …».
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