Excmos. Sres.: De orden delegada por el excelentísimo señor Ministro, se publica, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada en fecha 15 de febrero de 1983, por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 306.257, promovido por el Consejo Superior de Colegios de Ingenieros Agrónomos, contra el Real Decreto de 14 de septiembre de 1979, aprobando el Reglamento para la ejecución de la Ley del Seguro Agrario Combinado, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que, estimando en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos, debemos anular y anulamos, por ser contrario a Derecho, el párrafo 1 del artículo 27 del Real Decreto de 14 de septiembre de 1979, que aprobó el Reglamento para la ejecución de la Ley de 28 de diciembre de 1978, sobre Seguro Agrario Combinado, desestimando el resto de las peticiones del recurrente; sin hacer pronunciamiento alguno en cuanto a las costas causadas en este recurso.»
Lo que comunico a VV. EE.
Dios guarde a VV. EE.
Madrid, 12 de septiembre de 1983.–El Subsecretario, José María Rodríguez Oliver.
Excmos. Sres. ......
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