Real Decreto 3137/1982, de 12 de noviembre, por el que se establecen las condiciones exigibles a los productos de importación que, bajo la denominación genérica de whisky, no responden a las características establecidas en el Decreto 644/1973, de 29 de marzo.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 24 de noviembre de 1982, páginas 32224 a 32225 (2 págs.)