Real Decreto 2869/1980, de 30 de diciembre, por el que se establecen las condiciones y el orden de prioridad para la computabilidad de los valores de renta fija emitidos directamente o calificados por las Comunidades Autónomas en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorros.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 1981, páginas 548 a 548 (1 pág.)
el núm. 1, párrafo 5 del art. 2, por Real Decreto 216/1985, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-1985-3018).
SE DECLARA en el Conflicto 63/1981, que la titularidad de las competencias controvertidas corresponden al Gobierno de la nación, por Sentencia 1/1982, de 28 de enero (Ref. BOE-T-1982-4748).
SE DESARROLLA el art. 3, apartado 2, por Real Decreto 1619/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-17407).
Conflicto 63/81 promovido en relación con la norma (Ref. BOE-A-1981-12081).
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-1980-21166).
CITA Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30177).