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Documento BOE-A-1981-19018

Real Decreto 1830/1981, de 20 de agosto, sobre servicios esenciales por estaciones de servicio en caso de huelga de su personal.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24 de agosto de 1981, páginas 19432 a 19436 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1981-19018
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/08/20/1830

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 20/08/1981
  • Fecha de publicación: 24/08/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 24/08/1981
  • Fecha de derogación: 17/06/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1142/1986, de 13 de junio (Ref. BOE-A-1986-15750).
Referencias anteriores
  • DEROGA el Real Decreto 1532/1981, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1981-16844).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 10, párrafo 2 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-1977-6061).
  • CITA Reglamento aprobado por Orden de 10 de abril de 1980 (Ref. BOE-A-1980-8656).
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Estaciones de servicio
  • Huelga
  • Productos petrolíferos

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