Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 305, correspondiente al 21 de diciembre de 1979, se corrige a continuación:
En la página 29264, columna segunda, en el apartado quinto, 2), líneas segunda y tercera: donde dice: «… a la de su sede central sea inferior a 50, las Cajas podrán abrir…»; debe decir: «… a la de su sede central sea inferior a cincuenta y superior a tres, las Cajas podrán abrir…».
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