DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed. Que las Cortes Generales han aprobado, y Yo vengo en sancionar, la siguiente Ley:
Se concede un suplemento de crédito por importe de quinientos doce millones cuatrocientas sesenta mil pesetas, al Presupuesto en vigor, de la Sección trece, «Ministerio de Justicia»; Servicio cero tres, «Dirección General de Justicia»; capítulo cuatro, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y siete, «A Instituciones sin fines de lucro»; concepto cuatrocientos setenta y cuatro, «Al Consejo General de la Abogacía Española, como aportación del Estado para indemnizar a la Abogacía su actuación en el turno de oficio».
El importe del mencionado suplemento de crédito se cubrirá con anticipos a facilitar por él Banco de España al Tesoro Público.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a veintidós de marzo de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid