Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 508.704, seguido por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, promovido por don José Antonio Barredo Campos y otros, contra la Administración, representada y defendida por el señor Abogado del Estado, sobre impugnación del Decreto 2724/1977, sobre coeficientes, ha dictado sentencia la mencionada Sala, con fecha 24 de octubre de 1979, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Antonio Barredo Campos, Jefe de Estación, funcionario de la Junta del Puerto de Gijón; don Manuel Daniel García Muñoz, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Alicante; don Félix Romo García, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto y Ría de Vigo; don Agustín Muñoz Becerra, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Sevilla; don Saturio Torrecilla López, Jefe de Estación, funcionario de la Junta del Puerto de Bilbao; don Fidel Muro Fernández, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Sevilla; don José Ignacio Liñera Ansótegui, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Sevilla; don Manuel Ortiz Morales, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Huelva; don Manuel Pérez Ponce, Factor Principal de la Junta del Puerto de Huelva;
Don Francisco Hernández Márquez, Factor Principal de la Junta del Puerto de Huelva; don Antonio Delicado Vidal, Factor Principal de la Junta del Puerto de Huelva; don Antonio Delicado Vidal, Factor Auxiliar de la Junta del Puerto de Huelva; don Femando Camargo Lancharreo, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Huelva; don Francisco Santos Hernández, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Huelva; don Fernando Tejero Martínez, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca; don Jaime Carlos Sala, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca; don Sebastián Sabater Pascual, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca; don Gabriel Ferragut Planas, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca; don Martín Palmer Jofré, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca;
Don Gabriel Alvarez Varela, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca; don José Amengual Marques, Factor Principal, funcionario de la Junta del Puerto de Palma de Mallorca; don Saturnino Rotela Arrieta, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Manuel Garbizu Salaverría, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Cipriano Elicequi Cincunequi, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Pedro Echevarría Echenique, Factor funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Pío Aguirre Aristimuño, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Vicente Moreno Olloquiequi, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Victoriano Goñi Yarza, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes;
Don Lucio Potesta Sarria, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Benedicto Arrizabalaga Elezgaray, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Matías Goyenechea Pérez, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don José Alberto Aranzábal Acebal, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Santos Onraita Azurmendi, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Francisco Gorrochategui Alústiza, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don José Morachel San Sebastián, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Simón Ormazábal Arístegui Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Francisco Equilegor Vicandia, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Santos Abarrategui Goneága, Factor funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes;
Don Juan San Pérez, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Rogelio Villasante Otegui, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Eduardo Pérez Roqueiro, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Jesús Sagrado Azurmendi, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Manuel Unanue Odriozola, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Pedro Balza Aldaco, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Carlos Alvarez Zanquitu, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Antonio Gonzáles Jerez, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Santiago Rodríguez Fernández, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Ignacio Arruabarrena Oliden, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Jaime Trueba Sanz, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes;
Don Isidro Ormazábal Otaegui, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Ramón Otaegui Larrea, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Manuel Varela Ouviña, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don José Luis Bereciartua Jurado, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Francisco Martínez Ledesma, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don Isaac Oyarzábal Múgica, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes; don José Antonio Muñoz Echevarría, Factor, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes.
Don José Ignacio Murúa Elizondo, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes, y don Félix Machín Iso, Factor Auxiliar, funcionario de la Junta del Puerto de Pasajes, contra la denegación presunta del recurso de reposición presentado contra el Real Decreto dos mil setecientos veinticuatro/mil novecientos setenta y siete, de seis de octubre, que modificó parcialmente el Decreto tres mil sesenta y cinco/mil novecientos setenta y tres, de veintitrés de noviembre, los cuales parcialmente revocamos en cuanto se refiere a los coeficientes señalados a los recurrentes y en su lugar mandamos que tales coeficientes se aumenten a dos coma tres para los Jefes de Estación y Factores Principales, uno coma nueve para los Factores y uno coma siete para los Factores Auxiliares, con efectos a partir de uno de enero de mil novecientos setenta y tres a la que retrotrae sus efectos económicos el Decreto tres mil sesenta y cinco/mil novecientos setenta y tres, de veintitrés de noviembre, y sin hacer expresa imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Alfonso Algara, Víctor Serván, Angel Falcón, Miguel de Páramo, Pablo García (firmados y rubricados).
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, por el excelentísimo señor Magistrado Ponente don Miguel de Páramo Cánovas, en Audiencia Pública, celebrada en el mismo día de su fecha; certifico, José López Quijada (firmado y rubricado).»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 26 de febrero de 1980.–P. D., el Director general de Presupuestos, Angel Marrón Gómez.
Ilmo. Sr. Director general de Presupuestos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid