Ilustrísimos señores:
El considerable aumento en el número de proyectos de obras particulares a realizar en conjuntos histórico artísticos, de expendientes de declaración de los mismos y de jardines y parajes pintorescos, así como de proyectos oficiales de restauración da monumentos, en todos los cuales debe evacuarse el informe de la inspección Técnica de Monumentos y Conjuntos Histórico Artísticos, hace necesaria la creación de una unidad administrativa que agilice la tramitación de los correspondientes expedientes.
Toda vez que la citada Inspección Técnica depende directamente de la Subdirección General del Patrimonio Artístico, se considera conveniente hacer depender aquella unidad directamente de la citada Subdirección.
En su virtud, de conformidad con el Ministerio de Hacienda y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer.
Se crea, adscrito directamente a la Subdirección General del Patrimonio Artístico, un Negociado de Coordinación.
La presente disposición, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», modifica el artículo sexto, apartado 1, de la Orden ministerial de 31 de marzo de 1978.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 28 de diciembre de 1978.
CABANILLAS GALLAS
Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
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