Ilmo. Sr.: Las Ordenes ministeriales de 29 de diciembre de 1978, por las que se regula el otorgamiento de autorizaciones de transporte público de viajeros y mercancías para el primer; semestre del año 1979, prevén en sus respectivas disposiciones adicionales primeras una prórroga del régimen en vigor para las islas Canarias que ha de concluir el 31 de marzo del año en curso.
Como quiera que el plazo previsto está a punto de expirar y aún no ha sido ultimado el estudio que sobre la situación y necesidades del sector en las islas se está llevando a cabo, resulta aconsejable prorrogar de nuevo el plazo hasta fin del presente año, tanto más cuanto que representantes del sector así lo han solicitado de la Administración. En esa fecha podrá abordarse el tema con los datos precisos para arbitrar una contingentación realista y adecuada.
En su virtud, previo informe de la Jefatura Regional y Junta Consultiva correspondientes, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Queda prorrogado hasta el 31 de diciembre de 1979 el régimen vigente de otorgamiento de autorizaciones de transporte público, de viajeros y mercancías, contenido en las Ordenes ministeriales de 29 de diciembre de 1977 y 30 de marzo de 1978, prorrogadas por las de 29 de diciembre de 1978.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 28 de marzo de 1979.
SANCHEZ-TERAN HERNANDEZ
Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.
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