Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 28, de fecha 1 de febrero de 1979, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 2674, artículo 13, último párrafo, donde dice: «Asimismo, en todas las provincias que no sean cabeceras de zona y dependiendo de los respectivos Jefes de las unidades de Arquitectura, Centrales y Redes e Instalaciones existirá un corresponsal de cada una de las citadas unidades, cuya función principal es la de mantenimiento y conservación en las materias propias de sus respectivas competencias», debe decir: «Asimismo, en todas las provincias que no sean cabeceras de Subzona y dependiendo de los respectivos Jefes de las Unidades de Arquitectura, Centrales y Redes e Instalaciones existirá una Jefatura de cada una de las citadas unidades, con funciones análogas a las referidas unidades dentro del ámbito provincial».
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