En un momento como el presente, en el que los derechos fundamentales de todos los españoles han sido proclamados en la Constitución, se hace necesario que la Administración acentúe su servicio a todos los grupos sociales, haciendo llegar a los gitanos españoles los mismos derechos y libertades públicas que a todos los ciudadanos.
La comunidad gitana, asentada en España en el siglo XV, ha sido secularmente una minoría discriminada y marginada, sufriendo graves problemas de vivienda, educación, asistencia sanitaria, trabajo, cultura y convivencia ciudadana.
La respuesta de la Administración del Estado para con estos ciudadanos españoles ha sido históricamente discriminatoria o meramente asistencial, con acciones aisladas y dispersas que no han atacado la raíz de la problemática gitana, condicionada por una gran complejidad de factores socio-culturales.
El Ministerio de Cultura, consciente de esta realidad y ante las justas exigencias y aspiraciones del pueblo gitano, ha comprendido la necesidad de una acción eficaz y coordinada de la Administración, teniendo como principio el que ha de ser la comunidad gitana el principal responsable de su cultura y desarrollo. Por esto, se acuerda crear una Comisión interministerial que permita tomar las medidas adecuadas que puedan conducir a la resolución de dichos problemas.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto dos mil ciento treinta y cuatro/mil novecientos sesenta y cinco, de siete de julio, y en la Orden de veinticuatro de mayo de mil novecientos sesenta y nueve, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, a propuesta del Ministro de Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de enero de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se crea la Comisión interministerial para el estudio de los problemas que afectan a la comunidad gitana.
Serán fines de dicha Comisión interministerial, el estudio de los problemas que afectan a la comunidad gitana, así como la coordinación de toda la acción administrativa que afecte al desarrollo del pueblo gitano, al respeto y salvaguardia de su cultura y a su plena incorporación a la convivencia ciudadana, sin perjuicio de las competencias que tienen atribuidas los distintos Departamentos ministeriales.
La Comisión interministerial estará compuesta de la siguiente forma:
Presidente: El Subsecretario del Ministerio de Cultura.
Vicepresidente: El Director general de Desarrollo Comunitario del Ministerio de Cultura.
Vocales:
Un representante de la Dirección General de Educación General Básica del Ministerio de Educación y Ciencia.
Un representante de la Presidencia del Gobierno.
Un representante de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior.
Un representante de la Dirección General de Empleo y Promoción Social del Ministerio de Trabajo.
Un representante del Instituto Nacional de la Vivienda del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
Un representante de la Dirección General de Servicios Sociales del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Un representante de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.
Un representante de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.
Un representante del Instituto Nacional de Servimos Sociales.
Un representante de la Dirección General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia.
Un representante de la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
Un representante de la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Comercio.
Un representante del Instituto Nacional de Estadística del Ministerio de Economía.
Un representante de la Dirección General de la Juventud del Ministerio de Cultura.
Un representante de la Dirección General de Difusión Cultural del Ministerio de Cultura.
Un representante de la Dirección General de Desarrolló Comunitario del Ministerio de Cultura.
Secretario: Un funcionario de titulación superior, nombrado por el Ministerio de Cultura, a propuesta del Director general de Desarrollo Comunitario.
La Comisión interministerial para el estudio de los problemas de la comunidad gitana se ajustará en su funcionamiento a lo establecido en el capítulo II, título I, de la Ley de Procedimiento Administrativo, pudiendo crear en su seno uno o varios grupos de trabajo a los que se incorporarán, en su caso, previo acuerdo de la Comisión, representantes de Entidades o Asociaciones afectadas, así como expertos de la problemática de la comunidad gitana.
Se autoriza al Ministerio de Cultura para dictar las disposiciones de desarrollo del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a once de enero de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Cultura,
PIO CABANILLAS GALLAS
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