Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la citada Ley, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 255, de fecha 24 de octubre de 1979, página 24717, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo 1.°, apartado 3, a), línea quinta, donde dice: «Cultural», debe decir: «Cultura».
En el mismo artículo y apartado, dónde dice: «d) El Director de la Ponencia Técnica de la propia Comisión», debe decir: «e) El Director de la Ponencia Técnica de la propia Comisión».
En el mismo artículo 1.° deben añadirse los siguientes apartados:
«4. El Secretario, que actuará con voz y sin voto, será nombrado por el Presidente de la Comisión de entre los funcionarios adscritos a la Generalidad.»
«5. Actuarán como ponentes los miembros de la Ponencia Técnica que hace referencia el artículo 5.°, punto 1, b) y c), que asistirán a las sesiones con voz y sin voto.»
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