Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 132, de fecha 2 de junio de 1979, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 12222, primera columna, apartado 2.8, última línea del primer párrafo, donde dice: «... al mismo tiempo de primera destilación...», debe decir: «... al mismo tipo de primera destilación...».
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