El Real Decreto novecientos treinta y tres/mil novecientos setenta y nueve, de veintisiete de abril, por el que se reestructura el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, creándose la Secretaría de Estado para la Sanidad, hace necesario, ante el nuevo reajuste de la estructura de dicho Departamento, dictar las normas complementarias de adecuación que ello conlleva, en relación con la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria regulada en el Real Decreto novecientos treinta y dos/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, que modificaba a su vez el Real Decreto tres mil cuatrocientos cincuenta y dos/mil novecientos setenta y siete, de dieciséis de diciembre, y que se refería a los miembros que la constituían.
En su virtud, a propuesta del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Queda modificado el artículo quinto del Real Decreto novecientos treinta y dos/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril sobre regulación de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria en cuanto a la Presidencia de la misma, que corresponderá al Secretario de Estado para la Sanidad.
Dado en Palma de Mallorca a tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Sanidad y Seguridad Social,
JUAN ROVIRA TARAZONA
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