En uso de las facultades conferidas por el número 5 del artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, previa aprobación del excelentísimo señor Ministro del Departamento, esta Dirección General ha tenido a bien disponer:
Se delegan en los Coroneles Jefes de Tercio y Jefes de Unidades independientes de la Guardia Civil las funciones previstas en el artículo 88 del vigente Reglamento de Armas, relativo a expedición de guías de pertenencia de armas de propiedad particular al personal del Cuerpo, tanto en activo como retirado.
Igualmente se delega en los Coroneles Jefes de Tercio la facultad para la expedición del escrito-licencia que surte los efectos de licencia tipo «E» al personal del Cuerpo en situación de retirado a que se refiere el párrafo segundo del artículo 90 del mismo texto legal.
Los Jefes de Tercio y de Unidades independientes remitirán a la Dirección General de la Guardia Civil –Intervención Central de Armas–, dentro de los cinco primeros días de cada mes, el cuerpo correspondiente a la misma de los escritos-licencias y guías de pertenencia expedidos el mes anterior.
En todo momento esta Dirección General podrá recabar el conocimiento y resolución de estos documentos y expedientes objeto de delegación, cualquiera que sea el estado de su tramitación.
El ejercicio de las atribuciones delegadas en virtud de esta Resolución se ajustará a lo dispuesto en los artículos 22, 32.2 y 36.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y 93.4 y 118 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
La presente Resolución comenzará a regir el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo comunico a VV. SS. para conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. SS.
Madrid, 31 de julio de 1979.–El Teniente General, Director general, Pedro Fontenla Fernández.
Sres. Coroneles Jefes de Tercio y Jefes de Unidades independientes.
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