Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 304, de fecha 21 de diciembre de 1978, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 28838, primera columna, línea 5, donde dice: «construcción», debe decir: «constitución».
En la página 28839, artículo 73.4, donde dice: «... en un 1.000.000 de pesetas», debe decir: «... en 1.000.000 de pesetas», y donde dice «... en un 1.300.000 pesetas», debe decir: «... en 1.300.000 pesetas».
En la misma página, artículo 84.2, línea tercera, donde dice: «estos», debe decir: «actos».
En la misma página, artículo 93.2, línea primera, donde dice: «debera», debe decir: «deberá».
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