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Documento BOE-A-1979-17196

Orden de 28 de junio de 1979 sobre adaptación de los Capataces agrícolas al régimen de enseñanzas especializadas de Formación Profesional de segundo grado.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 1979, páginas 16572 a 16572 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-1979-17196
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/06/28/(5)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Decreto del 7 de septiembre de 1951 establece las Enseñanzas de Capacitación Agraria con un marcado carácter profesional. Numerosas Ordenes ministeriales configuran y transforman la estructura de estas enseñanzas. El Decreto de 13 de noviembre de 1953 y la Orden de 27 de julio, de 1954, regulan una nueva especialidad dirigida a la juventud femenina, equivalente a la de Capataz Agrícola y que se denomina Instructoras Diplomadas Rurales.

Los que estén en posesión del diploma oficial de Capataz Agrícola podrán acceder a los estudios de Formación Profesional de segundo grado, según establece la disposición transitoria tercera, apartado b) del Decreto 707/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril).

La Orden de este Departamento de 5 de diciembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» del 11) establece la adaptación al régimen de Enseñanzas Especializadas de Formación Profesional de segundo grado para los Oficiales Industriales titulados por la Ley de 20 de julio de 1955 teniendo en cuenta, también, el carácter profesional de sus enseñanzas.

Procede, por tanto, regular en forma análoga a la realizada para los Oficiales Industriales, la adaptación al régimen de Enseñanzas Especializadas de Formación Profesional de segundo grado de los Capataces Agrícolas que estén en posesión del diploma oficial.

Por todo ello, previo informe de la Junta Coordinadora de Formación Profesional y a propuesta del Ministerio de Agricultura y de la Dirección General de Enseñanzas Medias, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Quienes posean el diploma oficial de Capataz Agrícola en alguna de sus especialidades podrán también acceder al segundo grado de Formación Profesional por el régimen de

Enseñanzas Especializadas, cursando para sus diversas ramas, con la excepción contemplada en el punto siguiente, las materias establecidas para los Oficiales Industriales en el punto quinto de la Orden de este Departamento de 5 de diciembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» del 11).

Segundo.

Quienes posean el diploma oficial de Capataz Agrícola en alguna de las especialidades: «Agrícola en general. (Jefe de Explotación), «Forestal., «Jardinería» o «Instructora Diplomada Rural», podrán acceder al segundo grado de Formación Profesional de la rama Agraria, por el régimen de Enseñanzas Especializadas, cursando las materias siguientes con el horario semanal que se indica:

  Primer curso Segundo curso
Lengua Española. 2 (2.°) 1 (3.°)
Idioma Moderno. 4 (1.° y 2.º) 2 (3.°)
Formación Humanística. 2 (2.°) 2 (3.°)
Educación Físico-deportiva. 1 (2.°) 1 (3, º)
Matemáticas. 2 (2.°) 2 (3.°)
Física y Química. 2 (2.°)
Ciencias de la Naturaleza. 3 (3.°)
Tecnología. 4 (2°) 3 (3.°)
Prácticas. 6 (2.°) 6 (3.°)
Técnicas de Expresión Gráfica. 3 (3.°)
Seguridad e Higiene. 1 (3.º)
Organización Empresarial y Legislación. 4 (2.° y 3.°)
Educación Cívico Social y Política.. 1 (2.°) 1 (3.°)
Formación Religiosa. 1 (2.°) 1 (3.°)
Tercero.

Se autoriza a la Dirección General de Enseñanzas Medias para dictar las Resoluciones necesarias para el mejor cumplimiento de esta Orden.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 28 de junio de 1979.

OTERO NOVAS

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/06/1979
  • Fecha de publicación: 17/07/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria tercera, apartado B) del Decreto 707/1976, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-1976-7763).
  • DECLARA de aplicación la Orden de 5 de diciembre de 1975 (Ref. BOE-A-1975-25484).
  • CITA:
Materias
  • Enseñanza de Formación Profesional

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