Habiéndose padecido error en el texto remitido para su inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 132, de fecha 2 de junio de 1979, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 12221, primera columna, número quinto, última línea, donde dice: «... para fijar el valor en cuenta de dichas participaciones.», debe decir: «... para fijar el valor en venta de dichas participaciones.».
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