Ilustrísimo señor:
De conformidad con el Decreto 2248/1970, de 24 de julio, («Boletín Oficial, del Estado» del 30), en el que se estructura una nueva partida arancelaria para el sector del queso, es preciso definir el contenido de las notas 1 y 2 que figuran en el citado Decreto, especificando el Organismo del país exportador reconocido por las Autoridades españolas como competente para expedir los certificados mencionados en dicha nota.
En su virtud, vengo en disponer:
Que el Organismo competente en el Reino Unido para emitir los certificados mencionados en las notas 1 y 2 de la partida arancelaria 04.04., quesos y requesón, será el siguiente:
Intervention Board of Agricultural Produce.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 28 de mayo de 1979.
GARCIA DIEZ
llmo. Sr. Director general de Política Arancelaria e Importación.
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