Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 71, de fecha 23 de marzo de 1079, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 7108, artículo once, apartado b), donde dice: «de un Centro colaborador», debe decir: «de los Centros colaboradores».
Página 7108, Disposición final primera, donde dice: «... que dejará de funcionar al finalizar el curso académico mil novecientos setenta y nueve/mil novecientos ochenta», debe decir: «... que dejará de funcionar al finalizar el curso académico mil novecientos setenta y ocho/mil novecientos setenta y nueve».
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