Ilustrísimos señores:
El artículo 11 del Real Decreto de 3 de noviembre de 1978 establece la estructura orgánica del Consejo Superior de Deportes a niveles superiores.
Para el funcionamiento de dicho Organismo procede dictar la norma complementaria que estructure a nivel de Secciones y Negociado las Unidades establecidas en el citado cuerpo legal.
En su virtud, con la conformidad del Ministerio de Hacienda y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
1. La Secretaría General, cuyo titular tendrá nivel orgánico de Subdirector general, se estructura en:
1.1. Vicesecretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
1.2. Servicio Económico, con las siguientes Unidades:
1.2.1. Sección de Tesorería, con los Negociados de:
‒ Caja.
‒ Ordenación de Pagos Generales.
‒ Ordenación de Pagos de Obras.
1.2.2. Sección de Contabilidad, con los Negociados de:
‒ Contabilidad General.
‒ Contabilidad Mecanizada.
1.2.3. Sección de Inspección, con los Negociados de:
‒ Inspección Central.
‒ Inspección Provincial.
‒ Examen y Censura.
‒ Planificación y Prácticas Inspectoras.
1.3. Servicio Administrativo, con las siguientes Unidades:
1.3.1. Sección de Contratación y Patrimonio, con los Negociados de:
‒ Contratación.
‒ Patrimonio.
1.3.2. Sección de Asuntos Generales, con los Negociados de:
‒ Gabinete Interior.
‒ Registro.
‒ Material Deportivo.
1.3.3. Sección de Coordinación, con los Negociados de:
‒ Gestión Administrativa.
‒ Informática.
‒ Junta Económica.
‒ Técnico.
1.3.4. Sección de Gestión de Instalaciones Propias, con los Negociados de:
‒ Coordinación de Instalaciones.
‒ Conservación y Mantenimiento.
1.4. Sección de Estatutos de Sociedades Deportivas y Recursos, con los Negociados de:
‒ Estudios y Registros.
‒ Recursos.
1.5. Sección de Relaciones con el Exterior, con los Negociados de:
‒ Información.
‒ Relaciones Públicas.
‒ Publicaciones.
1.6. Sección de Personal, con los Negociados de:
‒ Nóminas.
‒ Situaciones.
‒ Asuntos Sociales.
1.7. Directamente dependiente del Secretario general existirá el Negociado de:
‒ Organización y Estudios.
1. La Dirección de Promoción, cuyo titular tendrá nivel de Subdirector general, se estructura en:
1.1. Servicio de Organización y Coordinación, con las siguientes Unidades:
1.1.1. Sección de Deporte para Todos, con los Negociados de:
‒ Coordinación Administrativa.
‒ Técnico.
1.1.2. Sección de Instalaciones Elementales, Agrupaciones Deportivas y Deporte Escolar, con los Negociados de:
‒ Instalaciones Elementales.
‒ Agrupaciones Deportivas y Deporte Escolar.
1.1.3. Sección de Divulgación y Material Deportivo, con los Negociados de:
‒ Divulgación.
‒ Material Deportivo.
1. La Dirección de Deportes, cuyo titular tendrá categoría de Subdirector general, se estructura en:
1.1. Servicio de Tecnificación, con las siguientes Unidades:
1.1.1. Sección de Estudios y Orientación, con el Negociado de:
‒ Control de Datos.
1.1.2. Sección de Centros de Tecnificación, con los Negociados de:
‒ Centros de Perfeccionamiento.
‒ Centros de Iniciación.
1.2. Sección de Federaciones, con el Negociado de:
‒ Gestión Federativa.
1.3. Directamente dependiente del Director existirá el Negociado de:
‒ Coordinación.
1. La Dirección de Equipamiento, con categoría de Subdirección General, se estructura en:
1.1. Servicio de Instalaciones y Planificación, con las siguientes Unidades:
1.1.1. Sección de Estudios, con los Negociados de:
‒ Normativa.
‒ Módulos.
1.1.2. Sección de Programación, con los Negociados de:
‒ Censo.
‒ Programas.
1.1.3. Sección Técnica, con los Negociados de:
‒ Instalaciones.
‒ Certificaciones.
1.1.4. Sección Administrativa, con los Negociados de:
‒ Obras Propias.
‒ Obras Subvencionadas.
1. La Dirección de Docencia, Investigación y Documentación, cuyo titular tendrá nivel de Subdirector general, se estructura en:
1.1. Servicio de Coordinación de Docencia, con las siguientes Unidades:
1.1.1. Sección Administrativa, con el Negociado de:
‒ Tramitación.
1.1.2. Sección de Coordinación, con el Negociado de:
‒ Coordinación de Centros.
1.1.3. Sección de Planificación, con el Negociado de:
‒ Planificación, Estudios y Coordinación.
1.2. Servicio de Coordinación de Investigación, con las siguientes Unidades:
1.2.1. Sección Administrativa, con el Negociado de:
‒ Tramitación.
1.2.2. Sección Técnica, con los Negociados de:
‒ Programas y Estudios.
‒ Coordinación.
1.3. Servicio de Documentación, con las siguientes Unidades:
1.3.1. Sección de Documentación, con los Negociados de:
‒ Información.
‒ Archivo.
1.3.2. Sección de Biblioteca, con el Negociado de:
‒ Publicaciones.
1.4. Servicio de Coordinación, con la siguiente Unidad:
1.4.1. Sección Administrativa, con el Negociado de:
‒ Tramitación.
El Instituto Nacional de Educación Física, de Madrid, a cuyo frente habrá un Director académico, estará encuadrado en la Dirección de Docencia, Investigación y Documentación y contará con una Secretaría General, con nivel orgánico de Sección, estructurada en los Negociados de:
‒ Secretaría de Estudios.
‒ Coordinación.
El Instituto Nacional de Educación Física, de Barcelona, a cuyo frente habrá un Director académico, estará encuadrado en la Dirección de Docencia, Investigación y Documentación y contará con una Secretaría General, con nivel orgánico de Sección, estructurada en los Negociados de:
‒ Secretaría de Estudios.
‒ Coordinación.
Directamente adscritas al Director general existirán las Secciones de:
1. Protocolo, con el Negociado de:
‒ Organización y Estudios.
2. Gabinete de Despacho.
La presente Orden ministerial entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 14 de diciembre de 1978.
CABANILLAS GALLAS
Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general del Consejo Superior de Deportes.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid