Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, Inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 249, de fecha 18 de octubre de 1978, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 24025, columna primera, párrafo primero, línea 7, donde dice: «... del salario interprofesional, ...», debe decir: «... del salario mínimo interprofesional, ...».
En la misma página y columna, artículo primero, párrafo quinto, línea 4, donde dice: «... contrato escrito registrado», debe decir: «... contrato escrito y registrado».
En las mismas página y columna, artículo tercero, párrafo quinto, línea-primera, donde dice: «Los complementos de puestos de trabajo,», debe decir: «Los complementos de puesto de trabajo,».
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