Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, de fecha 11 de agosto de 1978, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 18856, artículo octavo, párrafo primero, donde dice: «El Registro creado por el Decreto-ley 13/1975, de 17 de octubre», debe decir: «En el Registro creado por el Decreto-ley 13/1975, de 17 de noviembre».
Página 18857, artículo décimo, renglón sexto, donde dice: «de cuatro de julio», debe decir: «de cuatro de junio».
Página 18857, artículo catorce, renglón primero, debe figurar el epígrafe Uno, de tal forma que quedaría: «Articulo catorce.–Uno. En el Reglamento de cada mercado...».
Página 18857, artículo quince, epígrafe dos, renglón tercero, donde dice: «concebida», debe decir: «concedida».
Página 18857, artículo quince, epígrafe tres, renglón tercero, donde dice: «del Ayuntamiento», debe decir: «por el Ayuntamiento».
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