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Documento BOE-A-1977-6837

Orden de 1 de marzo de 1977 por la que se incluye la «Hepatitis vírica» en el cuadro de enfermedades profesionales, anexo al Decreto 792/1961, de 13 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 1977, páginas 6109 a 6109 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1977-6837

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Dado que la hepatitis vírica constituye en la actualidad un cuadro clínico perfectamente definido y plenamente aceptado por todos los investigadores y clínicos especializados en este campo de la Patología, y habiéndose comprobado que su medio de transmisión es la sangre o sus productos derivados, es evidente que el personal que trabaje en Servicios de Hematología, Bancos de Sangre, Laboratorios de Análisis Clínicos, etc., está sometido al riesgo que supone el manejo diario de las muestras de productos hemáticos. Ello determina que la incidencia de la hepatitis vírica entre este personal sea netamente superior que en cualquier otra actividad sanitaria y, por supuesto, a la que se pudiera producir entre el personal de otras profesiones. Por ello debe arbitrarse para esta enfermedad un tratamiento dentro del campo específico de la medicina del trabajo y. en definitiva, el reconocimiento expreso de su carácter de enfermedad profesional a efectos de las correspondientes reparaciones de índole económica y asistencial.

En su virtud, este Ministerio, haciendo uso de las atribuciones conferidas en el apartado dos del artículo segundo del Decreto 792/1961, de 13 de abril, y vistos los dictámenes emitidos por el Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo, el Servicio del Fondo de Garantía de Pensiones y Compensador de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, la Inspección Central de Servicios Sanitarios del Instituto Nacional de Previsión, la Subdirección General dé Asistencia Sanitaria, la Inspección Central de Trabajo y oidos el Ministerio de la Gobernación y la Organización Sindical, tiene a bien disponer:

Artículo único.

Se adiciona el párrafo siguiente al apartado F, enfermedades sistemáticas, del cuadro de enfermedades profesionales, anexo al Decreto 792/1961, de 13 de abril.

34. Hepatitis vírica.

La causada por el virus tipo B, siempre que el sujeto receptivo ocupe un puesto de trabajo en el que pueda estar en contacto con la sangre o sus productos derivados.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 1 de marzo de 1977.

RENGIFO CALDERON

Ilmos. Sres. Subsecretario y Subsecretario de la Seguridad Social de este Ministerio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/03/1977
  • Fecha de publicación: 16/03/1977
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo del Decreto 792/1961, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1961-10345).
Materias
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Análisis
  • Bancos de sangre
  • Laboratorios
  • Sangre
  • Seguridad Social

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