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Documento BOE-A-1977-29126

Orden de 28 de noviembre de 1977 por la que se delegan en el Delegado del Gobierno en «Tabacalera, S. A.», determinadas competencias del Ministro de Hacienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 5 de diciembre de 1977, páginas 26704 a 26704 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1977-29126

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La conveniencia de asegurar en todo momento la más rápida tramitación y resolución de los asuntos propios de la competencia del Departamento en lo que respecta al Monopolio de Tabacos, aconseja, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, establecer una amplia delegación de atribuciones que en esta materia corresponden a su titular a favor del Delegado del Gobierno en «Tabacalera, S. A.», así como hacer uso de la facultad que al Ministro corresponde en virtud de lo establecido en la cláusula XIII del contrato entre el Estado y «Tabacalera, Sociedad Anónima», en orden a la fijación del límite de cuantía para que el Delegado del Gobierno pueda aprobar presupuestos y ordenar pagos y gastos con cargo a las Rentas respectivas.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se delegan en el Delegado del Gobierno en «Tabacalera, S. A.», las siguientes facultades que corresponden al Ministro de Hacienda:

A) La determinación de los coeficientes de amortización a que se refiere la cláusula VII del contrato del Estado con «Tabacalera, S. A.».

B) La aprobación de las plantillas de personal de las Representaciones directas y otros Servicios de «Tabacalera, S. A.», cuyos gastos se liquiden con cargo a la Renta.

C) Las autorizaciones para desplazamientos en comisión de servicio con percibo de dietas y gastos de locomoción de los funcionarios de la Delegación del Gobierno, cuando se considere necesario por el titular del Centro.

Segundo.

Se fija en el límite máximo de 10.000.000 de pesetas la facultad establecida en la cláusula XIII del contrato del Estado con «Tabacalera, S. A.», para que el Delegado del Gobierno pueda aprobar toda clase de gastos, y ordenar pagos en los casos en que dichos gastos o pagos no estuvieran reglados.

En las resoluciones que por V. I. se adopten en virtud de la presente delegación de facultades deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia.

El Ministro y, en su caso, el Subsecretario de Hacienda podrán recabar en todo momento el despacho y resolución objeto de la delegación que por esta Orden ministerial se establece.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 28 de noviembre de 1977.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en «Tabacalera, S. A.».

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/11/1977
  • Fecha de publicación: 05/12/1977
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Orden de 24 de junio de 1971 (Ref. BOE-A-1971-812).
    • art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Hacienda
  • Tabacalera

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