Ilustrísimos señores:
La disposición transitoria primera –párrafo segundo– del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1073/1977, de 8 de febrero, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 117, de 17 de mayo, establece que el Ministerio de Obras Públicas, en el plazo de seis meses, deberá publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la relación completa y detallada de las normas técnicas sobre estudios, proyectos, anteproyectos y construcción de carreteras aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» antes de la publicación del Reglamento General de Carreteras.
Para el debido cumplimiento del citado precepto reglamentario,
Este Ministerio ha dispuesto, que se publique en el «Boletín Oficial del Estado» la adjunta relación de normas técnicas sobre estudios, proyectos, anteproyectos y construcción de carreteras.
Lo que comunico a VV. II. a los efectos procedentes.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 12 de noviembre de 1977.
GARRIGUES WALKER
Ilmos. Sres. Subsecretario de Infraestructura y Vivienda y Director general de Carreteras y Caminos Vecinales.
Relación de normas técnicas sobre estudios, anteproyectos, proyectos y construcción de carreteras aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y vigentes en 17 de mayo de 1977
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