Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 196, de fecha 17 de agosto de 1977, páginas 18343 y 18344, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el último párrafo del artículo 7.°, donde dice: «... y la Dirección General de Seguridad resolverá lo procedente, previa la inspección técnica de dichas instalaciones», debe decir: «... y el Gobierno Civil resolverá lo procedente, previa la inspección técnica de dichas instalaciones».
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