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Documento BOE-A-1977-24740

Orden de 29 de septiembre de 1977 por la que se fija el porcentaje que sobre sus recursos podrán destinar las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social para atender a los gastos de Administración.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 12 de octubre de 1977, páginas 22510 a 22510 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1977-24740

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La cuantía de los gastos de administración de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social se fijó en 1966 en unos porcentajes que respondían a unas circunstancias y necesidades que en la actualidad han sufrido profundas modificaciones y que permiten, atendiendo de otra parte a exigencias de economicidad, su reducción.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el número 2 del artículo 43 de la Ley General de la Seguridad Social,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

La cuantía de los gastos de administración de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, antes situada en el 6 por 100, no podrá superar el 5 por 100 de los recursos totales obtenidos en el ejercicio económico correspondiente.

Artículo 2.

Para el cómputo del porcentaje establecido en el artículo anterior, se considerará como un todo al Mutualismo Laboral y los Servicios Comunes adscritos. A los mismos efectos se tomará conjuntamente al Instituto Nacional de Previsión con los Servicios Comunes que tenga adscritos.

Artículo 3.

Queda derogado el artículo cuarto de la Orden del Ministerio de Trabajo de 28 de diciembre de 1966, sobre distribución del tipo único de cotización a la Seguridad Social.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento.

Dios guarde a VV.II.

Madrid, 29 de septiembre de 1977.

SÁNCHEZ DE LEÓN

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento, Subsecretario de la Salud, Secretario general Técnico y Directores generales del Ministerio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/09/1977
  • Fecha de publicación: 12/10/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre Limites Maximos de los Gastos administrativos de gestión: Orden de 14 de noviembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-25049).
Referencias anteriores
  • DEROGA el art. 4 de la Orden de 28 de diciembre de 1966 (Ref. BOE-A-1966-21124).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 43 de la Ley General de la Seguridad social, texto refundido aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1974-1165).
Materias
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de Previsión
  • Mutualismo Laboral

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