Artículo 12, apartado 2:
Dice: «En el caso ...... con respecto a dicha Parte Contratante antes de que transcurran dos meses a partir de la fecha en que haya aceptado formalmente la modificación o de que transcurra un plazo de tres meses a partir de la fecha en que haya aceptado formalmente la modificación o de que transcurra un plazo de tres meses...»;
Debe decir: «En el caso ...... con respecto a dicha Parte Contratante antes de que transcurran dos meses, a partir de la fecha en que haya aceptado formalmente la modificación o dos meses después de que transcurra un plazo de tres meses...».
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 23 de septiembre de 1977.–El Secretario general Técnico, Fernando Arias-Salgado y Montalvo.
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