La Normativa de la Edificación es un medio necesario para conseguir el fin de que la edificación atienda y garantice la seguridad, ei bienestar y la economía de la sociedad a la que está destinada.
Actualmente la Normativa que es aplicable a la edificación se compone de un conjunto de disposiciones de rango administrativo diferente, sin que aparezca perfectamente delimitada la frontera entre lo obligatorio y lo facultativo, fuente todo ello de dificultades interpretativas que pueden afectar directamente a todas las personas relacionadas con el proceso de la edificación y con el uso de los edificios.
Por ello, se hace necesario crean un marco jurídico que ordene la Normativa de la Edificación.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Vivienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de junio de mil novecientos setenta y siete,
DISPONGO:
Son normas básicas de la edificación (NBE), las que a partir de los fundamentos del conocimiento científico y tecnológico, establecen las reglas necesarias para su correcta aplicación en el proyecto y la ejecución de los edificios. Tienen como finalidad fundamental defender la seguridad de las personas, establecer las restantes condiciones mínimas para atender las exigencias humanas y proteger la economía de la sociedad.
Como consecuencia de estos fines, las NBE son normas de obligado cumplimiento para todos los proyectos y las obras de edificación.
El Ministerio de la Vivienda elaborará las NBE con la participación de todos aquellos otros Departamentos Ministeriales a los que afecten y en lo que las mismas incidan en sus ámbitos de competencia. La aprobación de las NBE se realizará por Real Decreto.
Las vigentes normas básicas MV del Ministerio de la Vivienda:
101-1962.–Acciones de la edificación.
102-1975.–Acero laminado para estructuras de edificación.
103-1972.–Cálculo de las estructuras de acero laminado en edificación.
104-1966.–Ejecución de las estructuras de acero laminado en edificación.
105-1967.–Roblones de acero.
106-1968.–Tornillos ordinarios y calibrados, tuercas y arandelas de acero para estructuras de acero laminado.
107-1968.–Tornillos de alta resistencia y sus tuercas y arandelas.
108-1976.–Perfiles huecos de acero para estructuras de edificación.
201-1972.–Muros resistentes de fábrica de ladrillo.
301-1970.–Impermeabilización de cubiertas con materiales bituminosos.
Pasan a integrarse dentro de la actuación correspondiente a las normas básicas de la edificación (NBE1.
El Ministerio de la Vivienda continuará la elaboración de las normas tecnológicas de la edificación (NTE1 de acuerdo con el Decreto tres mil quinientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y dos, de veintitrés de diciembre, hasta completar el conjunto de normas previsto en su anexo.
La revisión de las NTE se realizará por el Ministerio de la Vivienda teniendo presente que las citadas normas no son de obligado cumplimiento, al poderse adoptar otras reglas y condiciones que cumplan igualmente las disposiciones básicas. Queda, en consecuencia, derogado el artículo nueve del Decreto tres mil quinientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y dos, de veintitrés de diciembre.
La Dirección General de Arquitectura y Tecnología de la Edificación elaborará y homologará soluciones homologadas de edificación (SHE) cuya utilización correcta garantiza el cumplimiento y la superación de los niveles mínimos que establecen las NBE.
Dado en Madrid a diez de junio de mil novecientos setenta y siete.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Vivienda,
FRANCISCO LOZANO VICENTE
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid