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Documento BOE-A-1977-11138

Corrección de erratas del Real Decreto 383/1977, de 18 de febrero, sobre reestructuración de la prestación farmacéutica de la Seguridad Social.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 1977, páginas 9709 a 9709 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1977-11138

TEXTO ORIGINAL

Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 65, de fecha 17 de marzo de 1977, páginas 6212 a 6214, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el artículo 4.°, a), donde dice: «...para la prestación de su asistencia farmacéutica o su disposición exija especiales medidas de control», debe decir: «... para la prestación de su asistencia farmacéutica o su dispensación exija especiales medidas de control».

En el artículo 9.°. uno, donde dice: «... un requisito previo y obligado a la dispensión o suministro de la especialidad», debe decir: «... un requisito previo y obligado a la dispensación o suministro de la especialidad».

En el artículo 15, uno, donde dice: «La participación de los beneficios en el pago de las prestaciones...», debe decir: «La participación de los beneficiarios en el pago de las prestaciones...»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/05/1977
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 946/1978, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1978-12159).
  • Fecha de derogación: 07/05/1978
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas del Real Decreto 383/1977, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-1977-6973).
Materias
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Oficinas de farmacia
  • Seguridad Social

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