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Documento BOE-A-1976-6661

Decreto 627/1976, de 5 de marzo, sobre trazado de líneas de base rectas en desarrollo de la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de las aguas jurisdiccionales españolas a doce millas, a efectos de pesca.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 1976, páginas 6360 a 6362 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1976-6661

TEXTO ORIGINAL

La Ley número veinte /mil novecientos sesenta y siete, de ocho de abril, extendió a doce millas, a efectos de pesca, las aguas jurisdiccionales españolas. En virtud de lo dispuesto en su artículo segundo, la línea de base, a partir de la cual se mide la anchura de la zona, venía definida por la línea de bajamar escorada a lo largo de todas las costas de soberanía española, pero, el propio artículo autorizaba al Gobierno para acordar el trazado de líneas de base rectas que unan los puntos apropiados en la costa, de conformidad con las normas internacionales aplicables, para aquellos lugares que lo estime oportuno. También se establecía en el mismo artículo que si la distancia entre las líneas de bajamar de los puntos naturales de entrada o abra de una bahía no excede de veinticuatro millas, la línea recta que los une será considerada como línea de base, siendo aguas interiores las comprendidas entre dicha línea y la costa.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores, de Marina, de Industria y de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de marzo de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo único.

Las líneas de base rectas para la delimitación de las aguas jurisdiccionales españolas, a que se refiere el artículo segundo de la Ley veinte/mil novecientos sesenta y siete, de ocho de abril, serán las siguientes:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1976/77/06661_7836043_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1976/77/06661_7836043_image2.png

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Imagen: /datos/imagenes/disp/1976/77/06661_7836043_image4.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/1976/77/06661_7836043_image5.png

Las coordenadas geográficas han sido tomadas de las cartas náuticas españolas que a continuación se relacionan:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1976/77/06661_7836043_image6.png

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cinco de marzo de mil novecientos setenta y seis.

JUAN GARLOS

El Ministro de la Presidencia del Gobierno,

ALFONSO OSORIO GARCIA

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 05/03/1976
  • Fecha de publicación: 30/03/1976
  • Fecha de derogación: 20/10/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto (Ref. BOE-A-1977-23967).
Referencias anteriores
  • DESARROLLA el art. 2 de la Ley 20/1967, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1967-5595).
Materias
  • Aguas jurisdiccionales
  • Pesca marítima

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