Ilustrísimo señor:
La Orden de 17 de abril de 1975 estableció la normalización de los envases para detergentes de uso doméstico, dada la diversidad de formatos empleados por los fabricantes de estos productos.
Atendida la circunstancia de que la aludida normalización ofrece especial relevancia en el envasado de detergente en polvo de uso doméstico para lavado de ropa, y que su generalización indiscriminada puede perturbar soluciones técnicas de envasado a las que en rigor nada hay que objetar, se estima conveniente contraer a aquellos envases la normativa dispuesta en la Orden citada.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Industrias Químicas y Textiles, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Se modifica el número 1.º de la Orden de 17 de abril de 1975, cuyo precepto quedará redactado como sigue:
«La fabricación de envases de cartón para detergentes en polvo de uso doméstico para lavado de la ropa se ajustará a las normas que se contienen en el anexo de la presente Orden.»
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 28 de febrero de 1976.
PEREZ-BRICIO
Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio;
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