Habiéndose observado errores en el texto remitido para su publicación del mencionado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 64, de 15 de marzo, páginas 5304 a 5308, se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:
En el artículo tercero, apartado c), dice: «Comisión Interministerial de Coordinación de la Asistencia Española en la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD)»; donde debía decir: «Comisión Interministerial de Coordinación de la Participación Española en la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD)».
En el artículo once, apartado dos, párrafo segundo, líneas dos y tres, donde dice: «La Dirección General de Comercio Interior desarrollará sus funciones normativas en estrecha colaboración con el IRESCO, sin perjuicio de las competencias atribuidas al mismo…», debe decir: «La Dirección General de Comercio Interior desarrollará sus funciones normativas en estrecha colaboración con el IRESCO y sin perjuicio de las competencias atribuidas al mismo…».
A continuación del artículo veinticuatro debe decir: «Disposición final artículo veinticinco; el presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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