Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 244, de fecha 11 de octubre de 1976, página 19857, columna segunda, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el artículo segundo, párrafo primero, donde dice: «… así como las mercancías destinadas a la construcción de bienes de equipo en régimen de fabricación mixta regulado mediante el Decreto-ley setenta y uno/mil novecientos setenta y siete, de treinta de junio, …», debe decir: «… así como las mercancías destinadas a la construcción de bienes de equipo en régimen de fabricación mixta regulado mediante Decreto-ley siete/mil novecientos sesenta y siete, de treinta de junio, …».
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