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Documento BOE-A-1976-17384

Real Decreto 2126/1976, de 23 de julio, por el que se modifican los tipos del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores correspondientes a determinadas partidas de los capítulos 48, 49 y 76 del Arancel de Aduanas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 1976, páginas 17847 a 17847 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1976-17384

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento del Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas incorporó a su texto un calendario de reducción del tipo especial que para dicho impuesto habrían de aplicar los fabricantes de papel, cartón y cartulina, desde el cuatro coma cinco por ciento, señalado por la Ley cuarenta y uno/mil novecientos sesenta y cuatro, de Reforma del Sistema Tributario, hasta el dos por ciento, incluidos en ambos casos el recargo en concepto de «arbitrio provincial».

Habiéndose cumplido los plazos y condiciones del calendario de reducción en aquel impuesto, se hace preciso ajustar correlativamente los tipos del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la nueva situación tributaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de julio de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo primero.

Se modifican las tarifas del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores en la forma siguiente:

Partida

arancelaria

Tipo I. C. G. I.
48.01 14,5%
48.02 14,5%
48.03 14,5%
48.04 14,5%
48.05 14,5%
48.06 14,5%
48.07 14,5%
48.10 12,5%
48.11 14,0%
48.12 14,0%
48.13 14,0%
48.14 14,0%
48.15 14,0%
48.16 13,0%
48.17 13,0%
48.18 13,0%
48.19 13,0%
48.20 13,0%
48.21 13,0%
49.01 10,0%
49.02 11,0%
49.03 11,0%
49.04 11,0%
49.05 11,0%
49.06 11,0%
49.07 11,0%
49.08 11,0%
49.09 11,0%
49.10 11,0%
49.11 11,0%
76.04.B.1 13,5%
Artículo segundo.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a veintitrés de julio de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

EDUARDO CARRILES GALARRAGA

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 23/07/1976
  • Fecha de publicación: 13/09/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 13/09/1976
  • Entrada en vigor: 13 de septiembre de 1976.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 30/1985, de 2 de agosto, (Ref. BOE-A-1985-16765).
  • Fecha de derogación: 01/01/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre Desgravación Fiscal: Orden de 16 de diciembre de 1976 (Ref. BOE-A-1976-26120).
    • modificando los Tipos de la D.F.E. correspondientes a las Partidas Citadas: Orden de 31 de agosto de 1976 (Ref. BOE-A-1976-17844).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Decreto 3361/1971, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1972-95).
    • para determinadas Partidas los Tipos del Impuesto de Compensación de Gravamenes Interiores, Regulado por Decreto 2169/1964, de 9 de julio (Ref. BOE-A-1964-11409).
    • Ley 41/1964, de 11 de junio (Ref. BOE-A-1964-9380).
Materias
  • Aluminio
  • Artes Gráficas
  • Importaciones
  • Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores
  • Libros
  • Papel
  • Prensa

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