En la reunión del 23 de junio de la Junta Superior Arancelaria, se aprobaron diversas modificaciones del Arancel, algunas de las cuales, las que afectan a la estructura arancelaria, requieren la asignación de los códigos numéricos correspondientes, y con ello la anticipación adecuada, a fin de que cuando aparezcan en el «Boletín Oficial del Estado» los Decretos del Ministerio de Comercio, dándoles vigencia, pueda esa Administración hacerlos operativos.
Asimismo, interesa separar, dentro del conjunto de los polímeros y copolímeros del estireno, el metacrilato-butadieno-estireno para mejor conocimiento del mercado, por lo que es preciso realizar la apertura estadística de la partida arancelaria 39.02.C-1 en dos posiciones y asignar a éstas el código numérico correspondiente.
En consecuencia esta Direción General, en uso de sus atribuciones, acuerda lo siguiente:
Subdividir la partida arancelaria 39.02.C-1 en dos posiciones estadísticas, con los textos y códigos numéricos que siguen:
Asignar los siguientes códigos numéricos, definidores de otras tantas posiciones estadísticas, consecuencia de las modificaciones antes citadas, que a continuación se especifican:
A petición del Ministerio de Comercio, se subdivide la partida arancelaria 59.10 en dos posiciones estadísticas, cuyos textos y códigos numéricos son los siguientes:
Las posiciones estadísticas y sus códigos numéricos de los puntos primero y tercero, entrarán en vigor en la fecha de publicación de la presente Circular.
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y el de los Servicios de esa provincia.
Dios guarde a V. S.
Madrid, 31 de julio de 1976.— El Director general, Germán Anllo Vázquez.
Sr. Administrador de la Aduana de...
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