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Documento BOE-A-1976-1244

Orden de 24 de diciembre de 1975 por la que se establecen normas para realizar pruebas selectivas restringidas entre funcionarios de carrera del Servicio de Publicaciones del Ministerio de Trabajo para acceder a Escalas de nivel superior.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 1976, páginas 1297 a 1297 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1976-1244

TEXTO ORIGINAL

limos. Srés.: El Estatuto del Personal al servicio de los Organismos Autónomos, aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio, establece la posibilidad de que los funcionarios de carrera de aquéllos, puedan promocionar profesionalmente dentro de la propia Entidad a la que pertenecen.

Con tal finalidad, el artículo 8.°, 2, del citado Estatuto, en relación con lo dispuesto en el artículo 2.º, 1, establece que los Ministerios podrán dictar para cada Organismo adscrito a su Departamento, normas por las que se establezcan pruebas selectivas restringidas para el acceso de los funcionarios de carrera a un determinado porcentaje de las plazas vacantes de nivel superior existentes en el mismo, siempre que los candidatos posean la titulación requerida y acrediten, mediante las pruebas correspondientes, la capacidad necesaria.

En su virtud, este Ministerio, previos los informes del Ministerio de Hacienda y de la Comisión Superior de Personal, y la aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha tenido a bien disponer:

Primero.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8.°, 2. del Decreto 2043/1971, de 23 de julio. el Servicio de Publicaciones del Ministerio de Trabajo podrá cubrir un 50 por 100 de las vacantes existentes en las distintas escalas, plantillas o grupos de plazas integrados en el mismo, mediante oposición restringida entre funcionarios de carrera del Organismo, pertenecientes a otras de diferente especialidad o inferior nivel, siempre que éstos se encuentren en posesión de la titulación académica requerida para el acceso a la Vacante que se trate y acrediten en las pruebas selectivas correspondientes la capacidad necesaria.

No obstante, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 3475/1974, de 20 de diciembre, para acceder a escalas o plazas de nivel y carácter administrativo en las que Se exija título de Bachiller Superior o equivalente, podrán concurrir también los funcionarios de carrera pertenecientes a escalas o plazas - de Auxiliares administrativos que cuenten con más de diez años de servicios efectivos como funcionarios de carrera en el propio Organismo, aun cuando no posean aquella titulación.

Segundo.

Las plazas no cubiertas a través del turno restringido a que se ha hecho referencia, serán ofrecidas a convocatoria pública libre.

Tercero.

En el supuesto de la existencia de una sola plaza vacante, se proveerá alternativamente por el sistema previsto en el punto primero de esta Orden y por el de convocatoria pública libre.

Cuarto.

Lo dispuesto en está Orden se entiende sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 145/1964, de 23 de enero, y de las facultades de la Presidencia del Gobierno, reconocidas en el artículo 6.°, 2, d) y disposición transitoria sexta del Decreto 2043/1971, de 23 de julio.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 24 de diciembre de 1975.

SOLIS

limos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Secretario general Técnico-Director del Servicio de Publicaciones.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/12/1975
  • Fecha de publicación: 21/01/1976
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 8.2 del Estatuto aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1971-1136).
  • CITA Decreto 145/1964, de 23 de enero (Ref. BOE-A-1964-135).
Materias
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Oposiciones y concursos
  • Publicaciones oficiales
  • Servicio de Publicaciones del Ministerio de Trabajo

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