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Documento BOE-A-1975-4286

Orden de 21 de febrero de 1975 sobre nueva clasificación administrativa de aeropuertos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 1975, páginas 4217 a 4218 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Aire
Referencia:
BOE-A-1975-4286

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ministerial número 2178/1967, de 28 de septiembre, se clasificaron administrativamente los aeropuertos, de acuerdo con la Orden de 31 de mayo de 1957, en que se establecieron los derechos de aterrizaje y estacionamiento en los aeropuertos nacionales, clasificándose a los mismos conforme a la importancia de las inversiones realizadas, de sus instalaciones y del movimiento del tráfico que asumen.

La evolución experimentada en las mejoras técnicas de los aeropuertos y la creación o transformación de otros hacen necesario nuevamente revisar dicha clasificación; a efectos impositivos, a tenor de lo previsto en la Ley número 82/1965, que modifica los tipos de gravamen a aplicar por derechos aeroportuarios, revisados por Decreto número 1186/1971.

En consecuencia, para normalizar esta situación, los aeropuertos nacionales y bases aéreas abiertas al tráfico civil quedarán clasificados en las siguientes categorías administrativas, a partir de la publicación de esta Orden:

De primera categoría

Aeropuertos de Alicante, Almería, Asturias, Barcelona, Bilbao, Fuerteventura, Gerona-Costa Brava, Granada, Ibiza, Lanzarote, Las Palmas, Madrid-Barajas, Málaga, Menorca, Palma de Mallorca, Santander, Santiago, Sevilla, Tenerife, Valencia y Zaragoza.

De segunda categoría

Aeropuertos de Córdoba, El Aaiun, La Coruña, La Palma, Madrid-Cuatro Vientos, Noain-Pamplona, San Sebastián, Vigo y Villa Cisneros.

Bases aéreas, abiertas al tráfico civil, de Albacete, Badajoz-Talavera, Jerez, Murcia-San Javier, Reus, Salamanca y Valladolid.

De tercera categoría

Aeropuertos de Hierro y Melilla.

Bases aéreas, abiertas al tráfico civil, de Burgos, León, Logroño y Murcia-Alcantarilla.

La aplicación de las nuevas categorías administrativas en aquellos aeropuertos y bases abiertas que han sufrido modificación surtirá efectos para los derechos aeroportuarios a partir del 1 de abril de 1975.

De esta clasificación administrativa de aeropuertos se dará cuenta oficialmente a los Organismos internacionales de aviación civil. Queda derogada la Orden ministerial número 2178/1967.

Madrid, 21 de febrero de 1975.

CUADRA

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/02/1975
  • Fecha de publicación: 28/02/1975
  • Fecha de derogación: 01/07/1978
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
Materias
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Bases aéreas

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