El constante crecimiento de la población española, la notoria elevación del nivel de vida material que ha alcanzado el país y los frecuentes desplazamientos que convierten a determinadas provincias en receptoras de masas de población por su transformación industrial o atractivo turístico han provocado un aumento en la criminalidad y, como natural consecuencia, de procesos penales y expedientes de peligrosidad social para cuyo despacho resulta ya insuficiente la plantilla de funcionarios del Ministerio Fiscal.
En consecuencia, resulta de apremiante necesidad reforzar dicha plantilla, en la medida estrictamente indispensable, a fin de que el servicio pueda atenderse con su debida normalidad.
En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:
Con efectos de uno de enero de mil novecientos setenta y seis, la plantilla de la carrera Fiscal se incrementará en diecisiete plazas.
Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los créditos necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.
Dada en Baqueira-Beret a treinta de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes Españolas,
TORCUATO FERNÁNDEZ-MIRANDA Y HEVIA
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