Ilustrísimos señores:
Vista la propuesta de modificación de la Ordenanza del Trabajo en las Embarcaciones de Tráfico Interior de Puertos, aprobada por Orden de 9 de agosto de 1969 y reformada en parte por las de 16 de julio de 1971, 16 de julio de 1973 y 13 de julio de 1974, elaborada a instancia de la Organización Sindical con los asesoramientos reglamentarios,
Este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Trabajo y en uso de las facultades conferidas en la Ley de 16 de octubre de 1942, ha tenido a bien disponer:
1.º Aprobar, con efectos de 1 de octubre de 1975, el texto elaborado por la Dirección General de Trabajo que contiene las modificaciones de la Ordenanza del Trabajo en las Embarcaciones de Tráfico Interior de Puertos.
2.º Autorizar a la Dirección General de Trabajo para dictar cuantas disposiciones fueran precisas para interpretar y aplicar la mencionada Ordenanza, con las modificaciones que se aprueban por la presente Orden.
3.º Disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden y de las modificaciones que por ella se aprueban.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 2 de diciembre de 1975.
SUAREZ
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.
Los anexos números 1 y 4 quedan redactados como a continuación se señala:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid