Está Vd. en

Documento BOE-A-1975-24533

Decreto 3106/1975, de 7 de noviembre, por el que se prorroga la suspensión de aplicación de derechos arancelarios a la importación de determinados cueros y pieles.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 28 de noviembre de 1975, páginas 24858 a 24858 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-24533

TEXTO ORIGINAL

El Decreto dos mil trescientos cincuenta y nueve/mil novecientos setenta y cinco, de veintidós de agosto, dispuso la suspensión, por tres meses, de la aplicación de los derechos arancelarios de determinados cueros y pieles que necesita importar la industria del calzado.

Por subsistir las razones y circunstancias que motivaron dicha suspensión es aconsejable prorrogarla por un nuevo período trimestral, haciendo uso, a tal efecto, de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día siete de noviembre de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1.

En el período comprendido entre los días uno de noviembre del presente año y treinta y uno de enero próximo, ambos inclusive, continuarán vigentes las suspensiones totales o parciales, según los casos, que para determinados cueros y pieles fueron dispuestos por Decreto dos mil trescientos cincuenta y nueve/mil novecientos setenta y cinco.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a siete de noviembre de mil novecientos setenta y cinco.

JUAN CARLOS DE BORBON

PRINCIPE DE ESPAÑA

El Ministro de Comercio

JOSE LUIS CERON AYUSO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 07/11/1975
  • Fecha de publicación: 28/11/1975
  • Aplicable desde el 1 de noviembre de 1975 hasta el 31 de enero de 1976.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión Prevista en el Decreto 2359/1975, de 22 de agosto (Ref. BOE-A-1975-20924).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Importaciones
  • Pieles y cueros

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid