Proclamado el Rey el día veintidós del presente mes, el Gobierno considera necesario crear la Casa de Su Majestad el Rey y dotarla de los instrumentos que resulten convenientes para su adecuado funcionamiento.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Uno. Se crea la Casa de Su Majestad el Rey, que estará integrada por las Jefaturas de Protocolo, Cuarto Militar, Secretaría de Su Majestad el Rey e Intendencia de la Casa del Rey y Patrimonio.
Dos. Al frente de la misma habrá un Jefe de la Casa del que dependerán directamente los Jefes de las distintas unidades que la forman. Los expresados cargos serán nombrados por Decreto de Su Majestad el Rey con refrendo del Presidente del Gobierno.
Al personal que preste sus servicios en dicha Casa de Su Majestad el Rey, a la que se integrarán en cuanto sea posible los miembros de las Casas Civil y Militar del Jefe del Estado y de la Casa del Príncipe, que ahora desaparecen, le será de aplicación lo dispuesto en la Ley de veinticuatro de diciembre de mil novecientos sesenta y dos y demás disposiciones concordantes.
Se habilitarán los créditos y realizarán las transferencias necesarias para la adecuada dotación de los servicios a que se refiere esta disposición.
Para la aplicación y desarrollo de este Decreto se dictarán por los Ministerios de la Presidencia, Ejército, Marina y Aire las normas necesarias.
Se deroga el Decreto de diez de octubre de mil novecientos treinta y nueve y cuantas disposiciones se opongan a lo determinado en el presente Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y cinco.
JUAN CARLOS
El Presidente del Gobierno,
CARLOS ARIAS NAVARRO
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