Advertidos errores en el texto del Decreto 2204/1975, de 23 de agosto, por el que se tipifican las características, calidades y condiciones de empleo de los combustibles y carburantes, publicado en el «Boletín Oficia! del Estado» número 225, de 19 de septiembre de 1975, a continuación se transcriben las rectificaciones que proceden:
Página 19861, segunda columna, artículo quinto, en la tabla de porcentajes de contenido máximo en azufre, en la columna de Gasóleo clase C, correspondiente a 1977, donde dice: «0,5», debe decir: «0,8».
Página 19862, segunda columna, artículo dieciséis, líneas sexta y séptima, donde dice: «de cinco de febrero», debe decir: «de seis de febrero».
Páginas 19863 y 19864, anexos I, II y III, en la columna de Unidades de medida correspondiente a la característica a. Densidad a 15° C, donde dice: «g/l», debe decir: «Kg/l».
Páginas 19864 y 19865, anexos IV, V y VI, en la columna de Unidades de medida correspondiente a la característica b. Densidad a 15° C, donde dice: «Kg/1», debe decir: «Kg/l».
Página 19865, anexo V, en la característica e. Azufre (1), se ha omitido la Norma INTA 150532A.
Página 19865, anexo VI, en la columna de Unidades de medida correspondiente a la característica d. Viscosidad cinemática a 37° C, donde dice: «cST», debe decir: «cSt».
En la misma página y anexo, en la característica i. Residuo carbonoso Ramsbottom, en el 10 por 100 residual de la destilación, correspondiente a la Norma ASTM, donde dice: «524», debe decir: «D-524».
Página 19867. Anexo IX, usos industriales, Calidad número 2, utilizable en zonas de atmósfera en situación admisible, en la columna de Hulla alta en volátiles, correspondiente a Volátiles, donde dice: «≤ 20», debe decir: «> 20».
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