Razones de un doble carácter aconsejan modificar la actual denominación de la Subdirección General de Actividades Publicitarias, integrada en la Subsecretaría del Ministerio de Información y Turismo. De una parte, consideraciones de carácter funcional, ya que tiene a su cargo, no sólo la regulación y fomento de la actividad publicitaria, sino también, tal como se señala en el apartado seis punto dos del artículo primero de la Orden de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y cinco, que desarrolla el Decreto dos mil quinientos treinta y dos/mil novecientos setenta y cuatro, de nueve de agosto, la ordenación e institucionalización de las relaciones públicas. De otra, una razón terminológica que hace conveniente una denominación más precisa, a fin de evitar la confusión de que pudiera entenderse atribuido a dicha unidad administrativa el ejercicio de actividades publicitarias de carácter propagandístico o público-empresarial.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Información y Turismo, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno a que se refiere el artículo ciento treinta punto dos de la Ley de Procedimiento Administrativo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de junio de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
La actual Subdirección General de Actividades Publicitarias de la Subsecretaría de Información y Turismo se denominará en lo sucesivo Subdirección General de Publicidad y Relaciones Públicas, y asumirá las competencias establecidas en el Decreto dos mil quinientos treinta y dos/mil novecientos setenta y cuatro, de nueve de agosto, y Orden de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y cinco, relativas a la ordenación y fomento de la actividad publicitaria y relaciones públicas.
Quedan modificados el artículo segundo del Decreto dos mil quinientos treinta y dos/mil novecientos setenta y cuatro, de nueve de agosto, y el artículo primero, apartado seis, de la Orden de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y cinco, en lo que se refiere al cambio de denominación de la Subdirección General de Actividades Publicitarias.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a diecinueve de junio de mil novecientos setenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Información y Turismo,
LEÓN HERRERA Y ESTEBAN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid