Ilustrísimo señor:
La Orden de 19 de junio del corriente año dispuso la inclusión en el régimen de Reparto y la supresión de las consiguientes delimitaciones territoriales, a partir de 1 de enero de 1975, de los Juzgados Municipales sitos en las poblaciones que cuentan con varios de ellos; mas dificultades surgidas en relación con el reajuste de las plantillas del personal auxiliar correspondiente, que se considera necesario llevar a cabo para remediar el desequilibrio que presumiblemente se produciría en el desarrollo de su trabajo, hacen aconsejable que se demore dicha medida.
En su virtud, este Ministerio, de acuerdo con el informe de la Sala de Gobierno de la Audiencia Territorial de Madrid, hatenido a bien disponer que se aplace hasta el 1 de julio de 1975 lo establecido en el número 18, en relación con el 20, 3.ª de la mencionada Orden de 19 de junio de 1974, sobre régimen de Reparto y supresión de delimitaciones territoriales en las poblaciones en que existan varios Juzgados Municipales.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 30 de diciembre de 1974.
RUIZ-JARABO
limo. Sr. Director general de Justicia.
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