Advertidos errores en el texto remitido para su inserción del referido Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 25, de fecha 29 de enero de 1974, páginas 1640 a 1644, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo 471, apartado b). Donde dice: «Cumplir como mínimo diecisiete años en el ingreso y no haber pasado su reemplazo a la fase de distribución del contingente obligatorio.» Debe decir: «Cumplir como mínimo diecisiete años en el de ingreso y no haber pasado su reemplazo a la fase de distribución del contingente obligatorio.»
En el mismo artículo, apartado f), se ha omitido un segundo párrafo, cuya redacción es la siguiente: «A estos efectos se consideran alistados los mozos a partir del 25 de abril.»
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