Padecido error en la inserción de la citada Orden -publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 138, de fecha 10 de junio de 1974, página 11945- se transcribe a continuación la rectificación oportuna:
En el apartado sexto. Segundo párrafo. Primera línea. Donde dice: "La mercancía o producto de la compraventa deberá ser." Debe decir: «La mercancía o producto objeto de la compraventa deberá ser."
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