Está Vd. en

Documento BOE-A-1974-1746

Corrección de errores del Decreto 1309/1974, de 18 de abril, por el que se reestructuran los capítulos 47 y 48 (Materias utilizadas en la fabricación de papel: Papel y cartón) y se modifican las subpartidas 55.02 B y 55.02 C (Linters de algodón: Lavados y desgrasados, blanqueados) del Arancel de Aduanas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 1974, páginas 22021 a 22021 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1974-1746

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del mencionado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 116, de fecha 15 de mayo de 1974, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 10014:

En el artículo primero, donde dice: «Partida arancelaria 47.01.A.3.a.2.a... Con contenido alfacelulosa superior a 98 por 100...», debe decir: «Partida arancelaria 47.01.A.3.a.2.a... Con contenido alfacelulosa superior al 98 por 100...».

En el mismo artículo, partida arancelaria 47.01.A.3.a.2.b, donde dice: «Con contenido ... o inferior al 88 por 100 de coníferas (*)...», debe decir: «Con contenido ... o inferior al 88 por 100, de coníferas (*)...».

En el asterisco correspondiente al artículo primero, 6.ª línea, donde dice: «... e Importación, por indicación en las D.L. ...», debe decir: «... e Importación, con indicación en las D.L. ...».

Página 10015:

Capítulo cuarenta y ocho, uno, segundo párrafo, 4.ª línea, donde dice: «... filigrana de agua, consistente...», debe decir: «... filigrana al agua, consistente...».

Capítulo cuarenta y ocho, tres, partida arancelaria 48.01, donde dice: «... incluída la guata de celulosa en rollos o en hojas:» debe decir: «... incluída la guata de celulosa, en rollos o en hojas:».

En el asterisco correspondiente al capítulo cuarenta y ocho, tres, 5.ª línea, donde dice: «... de Política Arancelaria e Importación, por indicación en las D.L. ...», debe decir: «... de Política Arancelaria e Importación, con indicación en las D. L. ...».

En la partida arancelaria 48.01.G.2.c, del capítulo cuarenta y ocho, tres, donde dice, «... llamado kraft para cartón ondulado)...», debe decir: «... (llamado kraft para cartón ondulado)... 16%»

Página 10016:

Partida arancelaria 48.08, donde dice: «Bloques y placas filtrantes de pasta de papel...», debe decir: «Bloques y placas filtrantes, dé pasta de papel...».

En el titulo II, donde dice: «... recortado para un uso determinado. Manufacturas de...», debe decir: «... recortado para un uso determinado; manufacturas de...».

En la partida arancelaria 48.11, donde dice: «Papel para decorar habitaciones; lincrusta...», debe decir: «Papel para decorar habitaciones, lincrusta...».

En la partida arancelaria 48.12, donde dice: «... por soportes de papel o cartón con o sin capa...», debe decir: «... por soportes de papel o cartón, con o sin capa...».

En la partida arancelaria 4815.G.1, donde dice, «En rollos o en bobina:», debe decir: «En rollo o en bobina:».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/10/1974
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto 1309/1974, de 18 de abril (Ref. BOE-A-1974-792).
Materias
  • Algodón
  • Arancel de Aduanas
  • Papel
  • Papel prensa

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid